Dr. MIGUEL LANGÓN: Sobre el caso Sabalsagaray, “es una posibilidad el homicidio pero también lo es el suicidio, por lo que por lo menos me tienen que admitir la duda razonable”

El miércoles 8 de mayo el Gral. ® Miguel Dalmao fue condenado a cumplir 28 años de arresto tras ser encontrado  responsable del delito de homicidio muy especialmente agravado de la militante de izquierda Nibia Sabalsagaray, e inmediatamente la defensa del militar apeló la decisión de la juez Dolores Sánchez. Actualmente Dalmao se encuentra internado en el Hospital Militar a causa de una “severa afección cardíaca”. Conversamos con su abogado el Dr. Miguel Langón, que aún apela por su inocencia.

Antecedentes. El 19 de octubre de 2009 la Suprema Corte de Justicia de Uruguay declaró por unanimidad inconstitucional la aplicación de la Ley de Caducidad en el caso de Nibia Sabalsagaray. Los magistrados justificaron la medida al argumentar que la norma viola la separación de poderes y que no puede ser entendida como una ley de amnistía, porque no fue aprobada según lo regulado por la Constitución. En noviembre de 2010 la Justicia dispuesto en cambio el procesamiento con prisión de Dalmao, primer militar en actividad, por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura cívico –  militar (1973-1985). El general fue enjuiciado el 8 de noviembre por la muerte en torturas de Nibia Sabalsagaray.

El juez Penal de 10º Turno, Rolando Vomero, dispuso en 2010 el procesamiento con prisión de Dalmao y también del coronel (r) José Nelson Chialanza como “coautores” de un delito de “homicidio muy especialmente agravado”, en el marco de la indagatoria penal por el crimen de la militante de la UJC, Nibia Sabalsagaray, el 29 de junio de 1974.

“Presenté la apelación de la sentencia que realmente nos sorprendió porque ante la ausencia total de elementos probatorios pensamos que la Señora Juez que acaba de llegar, y que no estaba contaminada con opiniones anteriores podía ver las cosas con objetividad” responde el abogado defensor del Gral. Dalmao a penas se le pregunta que hará ahora frente a la condena. “Esta es una causa que en realidad se fue arrastrando durante mucho tiempo con pretextos varios y el Dr. Vomero, que era el juez anterior la archivó en el 2008 por falta de pruebas de muchos de los elementos que se estaban indagando desde el 2004 por lo menos” agrega el Dr. Langón. “Desde ahí se empiezan a agregar seudo pruebas que son informes de peritos que notifican sobre una persona que murió hace 40 años, de los cuales los informes psicológicos dicen que era un ser de fuerte personalidad, muy alegre, llena de optimismo, que se estaba por casar y era profesora de literatura. Todo eso muy bien, pero sobre algo que pasa mucho tiempo después se sustituye y dan una opinión dando a pensar que es más probable la hipótesis del homicidio que la del suicidio pero ninguno de estos técnicos incluso los propuestos en forma particular, de las partes entre ellas los familiares y organizaciones puede descartar la hipótesis suicida” agrega la defensa de uno de los condenados por crímenes cometidos en la dictadura cívico-militar uruguaya.

Ante esto, el Dr. Langón agrega concisamente “nosotros creemos en la inocencia de Dalmao; que no ejerció ninguna conducta sobre esta mujer y si eso no se admite, por lo menos que si se lo haga sobre el viejo criterio, tradicional, de duda razonable”. “En las prisiones lamentablemente hay una altísima tasa de suicidios. Hemos probado en el expediente que los militantes y combatientes, en realidad a veces tienen como arma de combate el suicidio que la anteponen a la crisis con cualquier gobierno como pasó con el combatiente Fariñas en Cuba o pasó antes con el Ejército Rojo en Alemania que se suicidaron masivamente, y tantos otros casos” argumenta el Doctor en Derecho. “Un suicidio en una cárcel no llama la atención y como no se probó el homicidio ni la tortura porque yo no tengo que probar la inocencia, es el Estado el que tiene que probar, más allá de una duda razonable, estamos llevándonos por delante principios básicos del Derecho tradicional, clásico, garantista que son derechos humanos también del sospechoso” agrega Langón.

Sin embargo, es el quinto juez que entiende en esta causa y apunta a Dalmao, contando con ciertos elementos como responsable. ¿Entonces?

-Pueden haber doscientos y eso a mí no me importa, es decir, el problema es que se está creando una nueva cultura, un derecho penal del enemigo donde se dice una especie de silogismo absurdo que nunca se había aplicado antes en ninguna situación de criminalidad de este tipo. Había una dictadura, los militares torturaban, la gente podía morir en los cuarteles, eran declaradas desaparecidas por lo tanto Dalmao como estaba en el cuartel y esta muchacha murió allí, la debe de haber torturado, y debe haber muerto a consecuencia de ello, entonces esa es una inferencia genérica que nunca se vio, que nunca se aplicó para nadie, no se aplicó tampoco para el juzgamiento de los subversivos ni siquiera por la justicia militar, cada uno era responsable de lo que hacía. No me gusta poner nombres, pero el jefe de la guerrilla naturalmente fue Raúl Sendic y a nadie se le ocurrió atribuirle a él todos los delitos que se cometieron en aquel momento. Se adjudicaban los que se podían probar referentes a la persona por eso algunos iban por asociación para delinquir, otros por rapiñas, otros iban por homicidio, por secuestro de personas; por lo que hubieran hecho y se haya probado. Acá se hace un juicio genérico y se lo castiga a Dalmao por el cargo que tenía. Es un contracto, es gravísimo y es un error que se construye a partir del 2008. Los testigos que se traen son los llamados judicialmente, testigos de oídas que en realidad no son testigos de nada sino de lo que escucharon el día después que un desconocido dijo algo que podría involucrar a Dalmao. Es una cosa brutal, muy grave. Yo estoy casi escribiendo para la historia.

¿Ud. estaba esperando la condena? ¿Cómo es qué apela tan rápido?

-Yo estaba esperando la absolución y ahora la apelación va para el fiscal, y el juez luego me la responde para que exprese agravios y cuando eso sucede tengo diez días para responder sobre el fondo de la sentencia o sea fundamentar la apelación. Ahora lo que me dieron fue tres días para decir protesto, apelo y es lo que hice, eso no lleva nada de tiempo, es inmediato; un documento de media carilla.

La Juez Dolores Sánchez toma la decisión de condenar al Gral. Dalamo y se basa en informes de peritos, que para la defensa son tardíos. Para los militares Nibia Sabalsagaray se suicidó, pero la otra teoría, la de la sentencia afirma que falleció a consecuencias de la tortura. ¿No hay forma técnicamente de determinarlo?

– Esa es una de las grandes razones por la que el Uruguay, es un país que sigue el régimen de la precisión. La precisión no es un capricho. Fundamentalmente y entre otras razones es la dificultad de probar hechos que pasaron hace 40 años, las tengo yo, las tiene el Estado y las tiene cualquiera. Si en un crimen usted no toma las pruebas durante las primeras 48 horas, o en la primera semana, es muy difícil presentarlo, los testigos empiezan a distorsionar la realidad, otros se olvidan de cosas, por el mismo proceso psicológico de autoprotegerse pero los informes de peritos que aparecen en la prueba en este caso se construyen a partir de 2008, la denuncia se hizo en el 2004, cuatro años después se activa y se desarchiva a través de una consigna de procesar si o si a alguien. Es una posibilidad el homicidio pero también lo es el suicidio, por lo que por lo menos me tienen que admitir la duda razonable. Este expediente no está teniendo una valoración jurídica sino política de los jueces. Porque en el momento que se constató el fallecimiento se llamó al médico forense, la Justicia Militar labró un expediente, hay fotografías, e incluso una amiga íntima dijo que tenía un rostro apacible sin signos de tortura. Se podrá haber hecho un mal proceso administrativo, como por ejemplo no se hizo constancia del pañuelo con el que se ahorcó pero la Justicia militar, le entregó el cuerpo a la familia; es decir no hubo voluntad de que no se conociera el hecho, no hubo ocultamiento.

Agotados los caminos en Uruguay, ¿van a ir a Tribunales Internacionales con ésta teoría?

– Si, vamos a hacer todo lo necesario porque es la defensa del Estado de Derecho porque sino estamos volviendo a un sistema anterior en el que se busca un chivo expiatorio, paso un hecho horrible, una muchacha joven falleció en un cuartel en la época dictatorial y como se torturaba vamos a condenar a todos.

Dalmao se encuentra internado en el Hospital Militar. ¿Cómo está de salud?

– Está muy delicado de salud; puede tener un desenlace por el estrés de esta situación en cualquier momento.

Por Bettina Silva Carneiro

bettinasilva13@hotmail.com

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La otra Historia. Nibia Sabalsagaray murió el 29 de junio de 1974 mientras estaba detenida en el Batallón de Transmisiones N° 1, del que Chialanza era jefe. Dalmao, con el grado de alférez, era el responsable interino de Inteligencia de esa unidad, ubicada en el barrio Peñarol. La joven detenida apareció ahorcada en su celda.

Nibia Sabalsagaray Curutchet nació en Nueva Helvecia el 10 de septiembre de 1949, fue una profesora de literatura egresada del Instituto de Profesores Artigas y activista social. Hija de un obrero textil de la fábrica Campomar y Soulas, fue reconocida por compañeros y profesores como una alumna brillante. Cuenta el profesor Omar Moreira que «tan brillante era que faltando un profesor para el grupo de cuarto año, el Director del Liceo me pide un nombre para ocupar este puesto y yo le digo que para mí Nibia es la persona idónea pero existe un inconveniente, no tenía 18 años, de manera que el Consejo de Enseñanza Secundaria le da un permiso especial y ella es profesora de Literatura en Colonia Valdense a los 17 años». En 1968, cuando ingresa a estudiar profesorado de Literatura donde se destaca por su inteligencia, creatividad y compromiso social, forma parte de la Agrupación gremial Renovación del Centro de estudiantes del IPA (CEIPA) e integra la Juventud Comunista (UJC).

El 29 de junio de 1974 fue detenida a las dos de la mañana en su domicilio y conducida al Batallón N° 5; al mediodía del mismo día se informa su muerte a los familiares catalogándola de suicidio y entregando el féretro con la prohibición expresa de abrirlo. La familia no respeta esta prohibición y Marcos Carámbula, estudiante de Medicina -a seis meses de recibirse de médico- pudo constatar las numerosas muestras de tortura que presentaba su cuerpo y cómo las marcas en su cuello no correspondían a las que puede provocarse la misma persona.

El 8 de septiembre de 2004 su hermana Estela Sabalsagaray presenta una denuncia legal pidiendo la investigación de las circunstancia de la muerte de Nibia.

En el 2005 el Gobierno del Presidente Tabaré Vázquez colocó fuera de la Ley de Caducidad la muerte de Nibia Sabalsagaray porque en su detención habrían participado civiles, según la presentación ante la Justicia que hizo la hermana. La resolución del Gobierno se basa en que los civiles no están comprendidos en la Ley de Caducidad que sólo menciona a «funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados». En el 2005 su ciudad natal le tributó un merecido homenaje otorgando su nombre a una calle.

Y al final, Nibia no pudo leerles a sus alumnos ese poema que Mario escribió en 1990. No pudo estudiar las metonimias de las obras del Ruso. No descifró nunca los enigmas de Daniel Mella. No escuchó a sus alumnos hablarles de Harry Potter. No se imaginó las computadoras del Plan Ceibal. No conoció la parte nueva del Instituto de Profesores Artigas y no vio la placa que no está colgada en una pared, junto a un salón de clases que no recuerdan a una profesora de literatura que nunca fue asesinada. Nibia no se está por jubilar y no es inspectora y no se queja de que los profesores tal cosa y tal otra. Nibia no vio las fotos que no publicaron los diarios sobre la profesora de literatura que no asesinaron. Nibia no vio las noticias sobre la muerte de Videla, en una cárcel común a la que fue condenado. Nibia tampoco se enteró sobre mis discusiones de si fue o no integrante de las feministas del Uruguay. Pero qué lástima que no podemos escribir otra historia sobre la historia de Nibia porque los «no» se nos mezclan con las ganas de «no», de que «no» hubiera sido. Qué lástima que a Nibia no le dieron la oportunidad de seguir viendo, de seguir leyendo, de seguir enseñando, de no seguir en nuestra memoria como una víctima más. De no ver la condena. Nibia nunca leyó esto. No.

B.S.C.

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