RECLAMO POR EXTRACCCION DE TIERRA EN “CERRO DE LA ALDEA”

La carta sostiene que la extracción afecta a valores naturales y paisajísticos de la zona.

Montevideo, 18 de Agosto de 2020.

INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE TACUAREMBO

Dirección General de Planificación de Territorio, Urbano, Rural y Descentralización

Director Gral. Walter Mederos Silveira

De nuestra mayor consideración,

Por esta vía solicitamos a la Dirección de Gral. de Planificación de Territorio, Urbano, Rural y Descentralización interceder para paralizar la obra de extracción de áridos para caminería que en el día de hoy comenzó en la zona de Cerro de la Aldea, Tacuarembó.

Recibimos varias denuncias por parte de vecinos del lugar de maquinaria pesada operando en las faldas del cerro (adjuntamos fotografías). Esta obra, además de afectar una localidad arqueológica-histórica y patrimonial, está afectando importantes valores naturales y paisajísticos presentes en este cerro. Por otra parte, esta localidad ha sido insistentemente señalada en los recientes talleres participativos que se han desarrollado en el marco de la elaboración del Inventario de Patrimonio Departamental de Tacuarembó (convenio DINOT-IDT y LAPPU) por las comunidades locales, colectivos indígenas de Uruguay y agrupaciones indígenas de Tacuarembó, como un lugar sagrado con raíces históricas.

I) Contexto y alcance normativo

Esta solicitud y valoración se inscribe en el marco de actuación de la Ley 18.308, aprobada en junio de 2008. Esta Ley, establece el marco regulador general para el Ordenamiento Territorial (OT) y el Desarrollo Sostenible. Define al OT como “el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad mantener y mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio, el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales”. En su art. 5, sección j, incluye como objeto de planificación del territorio, la tutela y valorización del patrimonio cultural, entendiéndolo como el conjunto de bienes en el territorio a los que se atribuyen valores de interés ambiental, científico, educativo, histórico, arqueológico, arquitectónico o turístico, referidos al medio natural y la diversidad biológica, unidades de paisaje, conjuntos urbanos y monumentos (Art 5, sección j). Esta definición amplia la definición que da la Ley 14.040 mediante la que se tutela el Patrimonio Cultural de la Nación.

Para realizar el presente informe se toma en consideración la normativa nacional (Ley 14.040 y Ley 18.308). Además, se considera particularmente la normativa departamental en materia de planificación territorial y patrimonio; en concreto, las Directrices de Ordenamiento Territorial y Desarrollo de Tacuarembó que sitúan al Patrimonio Cultural Departamental como uno de los ejes de desarrollo sostenible del Departamento. Por otra parte, se consideran los decretos departamentales que establecen el interés por la protección específica de algunos valores históricos del Departamento, a saber por ejemplo: cerros históricos de Tacuarembó.

II) Valoración de la potencial afectación al Patrimonio Cultural Departamental

Tras la denuncia recibida enviamos esta solicitud amparada en la relevancia patrimonial de la zona del Cerro de la Aldea y áreas adyacentes.

Desde el punto de vista arqueológico, este cerro presenta diferentes antecedentes de las poblaciones indígenas que allí vivieron. Se encuentran herramientas pero también construcciones indígenas de piedra (llamadas «cairnes»). La propia toponimia de su nombre refiere a la existencia de una aldea charrúa en la zona. Además, el cerro, que es parte de la cuchilla de la Aldea, se encuentra rodeado por otros cerros, que han sido estudiados por la arqueología uruguaya y que cuentan con conjuntos de estructuras de piedra (cerro del Pastoreo, cerro Charrúa, entre otros).

En época histórica, cerca de allí se erigió entre 1822 y 1825 la capilla – oratorio de Santa Ana del Tacuarembó Chico, a cargo del sacerdote Fray Domingo Morales, en cuyas inmediaciones se estableció una aldea de familias de origen guaraní – misioneras.

Por otra parte, Cerro de la Aldea es uno de los cerros de interés histórico departamental declarado por la IDT.

Considerando que la noción de Patrimonio desarrollada en las directrices departamentales y la propia ley de 18.308 de OT, no solo incluye a los valores culturales e históricos sino que se amplía y recoge aquellos elementos que contienen valores de interés ambiental, científico, educativo, histórico, arqueológico, arquitectónico o turístico, referidos al medio natural y la diversidad biológica, unidades de paisaje, conjuntos urbanos y monumentos”, hay que considerar también que el Cerro de la Aldea alberga una importante riqueza natural testimoniada en el monte nativo que puebla sus laderas, así como la fauna que este ecosistema alberga.

Este cerro posee además, altos valores paisajísticos, siendo una de las referencias históricas e identitarias del departamento, tal y como ha surgido de los talleres participativos del proceso de elaboración del instrumento de ordenamiento territorial “inventario de patrimonio departamental”.

En base a lo enunciado solicitamos tengan a bien evaluar el cambio de lugar para la extracción de áridos para obras de caminería. Entendemos que este tipo de obras deben ser coordinadas en forma conjunta con la Dirección Gral. de Ordenamiento Territorial departamental ya que varios de los cerros al Oeste de la ciudad de Tacuarembó cuentan con este estatus y figurarán en el inventario de Patrimonio departamental como sitios protegidos. Destacamos además que toda el área señalada posee una alto potencial patrimonial por sus valores culturales, naturales y paisajísticos.

Se recomienda y exhorta, ante todo lo expuesto, frenar la obra de extracción de áridos en Cerro de la Aldea, coordinar con la Dirección Gral. de Ordenamiento Territorial de la Intendencia para evaluar cuáles cerros presentan este mismo estatus de protección para evitar afectaciones de este tipo y cumplir con los recaudos y procedimientos establecidos por esta Dirección departamental.

Sin otro particular, saludan a Usted muy atentamente,

Camila Gianotti

Prof. Adjunta LAPPU (Centro Universitario Regional del Este – Universidad de la República)

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